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Medio Ambiente

¿Qué se necesita para circular por Barcelona a partir del 1 de enero?

Al principio de año, los vehículos más contaminantes no podrán ir por ciertas zonas de la ciudad en días laborables de 7 a 20 horas

Las restricciones se aplicarán durante los días laborables de 7 a 20 horas.

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A partir del 1 de enero Barcelona activará la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) por|para lo cual los vehículos que no dispongan del distintivo medioambiental no podrá circular por la zona delimitada los días laborables de 7 a 20 horas. La medida tiene como objetivo luchar contra la contaminación del aire causada por los vehículos de motor y para proteger la salud de las personas.

Esta área protegida de más de 95 kilómetros engloba los municipios de Barcelona (excepto la Zona Franca industrial y el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo y las Planes), l'Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià del Besòs y partes de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat. La ZBE no comprenden ni la ronda de Arriba y ni la Litoral, por lo que los vehículos sin adhesivo podrán circular.

Los turismos, las motos, los ciclomotores y los vehículos ligeros de tres o cuatro ruedas sin distintivo no podrán circular dentro del ámbito de la ZBE en el horario marcado. De noche, los fines de semana y los días festivos todos los vehículos estarán autorizados a circular. Habrá un periodo de adaptación a la normativa de tres meses (enero-abril).

Distintivo ambiental

La Dirección General de Tráfico ha establecido una clasificación del parque de vehículos con el objetivo de discriminar positivamente los vehículos más respetuosos con el medio ambiente. Este sistema establece cinco categorías de vehículos, según su potencial contaminante: B, C, Eco, Cero emisiones o sin etiqueta.

Los conductores pueden consultar qué distintivo es el que necesitan a través de página web Calidad del aire o a la de la DGT introduciendo el número de matrícula. La etiqueta se puede adquirir en las oficinas de Correos, a través de gestorías autorizadas o en talleres autorizados de Barcelona. Tiene un coste de 5 euros.

Según la DGT, la colocación del distintivo en un lugar visible es voluntaria. Aun así, se recomienda ponerla en la parte inferior derecha del parabrisas del coches y en la parte frontal en el caso de las motos.

Vehículos vetados

Los vehículos afectados por esta restricción, en los cuales no se les dará el distintivo ambiental para ser demasiado contaminantes son: los turismos de gasolina anteriores a Euro 3 (mayoritariamente matriculados antes del año 2000); los diésel anteriores a Euro 4 (mayoritariamente matriculados antes de 2005/2006); y motocicletas, ciclomotores y vehículos ligeros anteriores a Euro 2.

Los vehículos para personas con movilidad reducida (VPMR), servicios d'emergèncie y servicios esencials están exentos de disponer del adhesivo.

En caso de tener una urgencia, estos vehículos contaminantes podrán disfrutar de una autorización diaria (24 horas) para circular dentro de la ZBE. Será necesario que previamente estén dados de alta en el Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros autorizados en las ZBE de la CON y que, además, soliciten la autorización antes de las 23.59 horas del día anterior al día en que quieran circular. Podrán autorizarse hasta diez días al año.

Controles

La ZBE y las vías de acceso cuentan con señalización vial que indica la delimitación, qué vehículos pueden circular y en qué horarios. Para controlar que circulen los vehículos permitidos habrá más de 70 cámaras de lectura de matrículas en diferentes puntos de la ciudad, tan en los accesos como el interior.

Las restricciones afectan a un total de 50.000 vehículos y se prevé que en cuatro años dejen de circular 125.000 vehículos contaminantes.

Multas

A partir del año 2020, las sanciones por incumplimiento de la normativa establecida en la ordenanza de la ZBE pueden ir de 200 a 999 euro en el caso de turismos, motos, ciclomotores y vehículos ligeros de tres o cuatro ruedas. En el caso de furgonetas, camiones, autocares y autobuses el importe será de 500 además de 1.800 euros, según si se trata de una sanción leve, grave o muy grave.

Aun así, se establece un periodo de adaptación a la normativa de tres meses (enero-abril). En caso de reincidencia, las sanciones pueden incrementarse un 30% con respecto a su cuantía mínima.

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