Diari Més

Tres magistrados del TC rompen la unanimidad para avalar la prisión preventiva de Junqueras

El pleno del Tribunal Constitucional desestima el recurso de amparo del líder de ERC contra la decisión de mantenerlo encarcelado

Oriol Junqueras durante su declaración en el Tribunal Supremo.

Junqueras dice que las acusaciones «retuercen» los hechos y defiende que no cometió «ningún delito»Senyal Internacional del Tribunal Suprem

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El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de amparo de Oriol Junqueras contra la orden de mantenerlo en prisión preventiva. Nueve de los miembros del pleno han avalado la decisión de que tomó el 5 de enero de 2018 el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que confirmó la medida cautelar dictada por la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela el 4 de diciembre de 2017. La decisión sobre el líder de ERC ha roto la unanimidad del pleno con tres magistrados contrarios. Fernando Valdés Dal-Ré, Juan Antonio Xiol Ríos y María Luisa Balaguer Callejón han emitido un voto particular discrepante con el aval de la prisión preventiva. La sentencia aprobada en el pleno del TC este jueves ha sido redactada por el presidente del TC, Juan José González Rivas.

En la sentencia, González Rivas argumenta que las decisiones judiciales que cuestiona la defensa de Junqueras cumplen con las exigencias constitucionales de previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad, según una nota informativa del TC. El pleno del TC ya estuvo deliberando sobre la sentencia en la reunión del miércoles. La resolución todavía no se ha hecho pública y se notificará los próximos días.

Entre los nueve votos a favor, hay uno concurrente del magistrado Santiago Martínez-Vares García. Eso quiere decir que el magistrado está a favor de desestimar el recurso de Junqueras pero no coincide con la argumentación de la sentencia.

Así pues, el pleno del TC rechaza que se hayan vulnerado los derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión, a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso al recurso, del derecho a la presunción de inocencia y a la vida familiar de Junqueras. También ve «prematura» la impugnación del derecho al juez ordinario predeterminado por ley.

Además, la sentencia también desestima que se hayan vulnerado el derecho a la libertad personal, la aplicación de la prisión provisional, a la participación y representación políticas y acceso a cargo público y derechos a la defensa y a la legalidad penal.

Un segundo recurso pendiente

El pleno del TC todavía tiene pendiente aprobar una sentencia sobre otro recurso del exvicepresidente del Gobierno contra la decisión de Llarena de impedir que Junqueras asistiera a la sesión constitutiva del Parlament en enero de 2018. La ponencia de esta resolución corresponde al magistrado progresista que se ha mostrado contrario a la decisión de avalar la prisión preventiva, Juan Antonio Xiol.

En el borrador de la sentencia y, a diferencia de la decisión tomada este jueves por la mayoría del pleno del TC, Xiol habría optado por estimar el recurso de Junqueras y defender que se tendría que haber concedido un permiso al líder de ERC.

Unanimidad rota

Es la primera vez que se rompe la unanimidad del pleno del TC en un recurso relacionado con el proceso independentista. Hasta ahora, los doce magistrados del Tribunal Constitucional habían consensuado posiciones en una misma sentencia pero con el voto particular de los tres magistrados que sí ven vulneración de derechos se ha acabado con esta dinámica.

Sin embargo, no es la primera vez que se rompe la unanimidad con una decisión relacionada con Cataluña, ya que la semana pasada cuatro magistrados se pronunciaron en contra de avalar que la Generalitat la competencia de la Generalitat para regular en el código civil los contratos de compraventa y permuta.

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