Diari Més

Puigdemont se querella por prevaricación contra dos vocales de la JEC

El escrito presentado a los juzgados habla de una «persecución política en toda regla» y de una supuesta «imparcialidad» y «animadversión» contra el expresidente

El expresidente Carles Puigdemont durante la atención a los medios después de entrar en la prisión de Neumünster cuando se cumple un año de su detención.

Puigdemont pide un «informe legal independiente» para comparar la decisión del tribunal alemán y la sentencia del SupremoACN

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La coalición 'Junts' a las elecciones europeas, liderada por el expresidente Carles Puigdemont, ha presentado una querella por prevaricación administrativa contra dos vocales de la Junta Electoral Central, Andrés Betancor y Carlos Vidal. En el escrito presentado a los juzgados de Madrid, y al que ha tenido acceso ACN, se habla de una «persecución política en toda regla» contra Puigdemont y los miembros de su lista exiliados, Toni Comín y Clara Ponsatí, y se acusa a los dos vocales «de imparcialidad» y «animadversión» contra el expresidente, así como de un «deseo de aniquilarlo como adversario político». La querella llega después de que la JEC intentara impedir que Puigdemont, Comín y Ponsatí se pudieran presentar a las elecciones, una resolución que se recurrió y corrigieron los tribunales.

El abogado Gonzalo Boye argumenta en su escrito que los dos querellados estaban «contaminados previamente por sus respectivas posiciones ideológicas y políticas» y su «proximidad a los partidos políticos que instaron a la exclusión de los tres primeros candidatos de la coalición», Cs y el PP.

De hecho, en el escrito se constata que los dos querellados, Andrés Betancor y Carlos Vidal, son miembros de la JEC a propuesta de Cs y el PP, respectivamente, y que los dos se habían pronunciado con anterioridad y en términos «muy contundentes y desfavorables» a través de mensajes en Twitter y artículos de opinión en contra de Puigdemont y la opción política que él, Comín y Ponsatí representan.

Mensajes y opiniones de los dos miembros de la JEC

En la querella, se citan varios ejemplos de los comentarios hechos con anterioridad por Betancor y Vidal. Uno de ellos es un artículo de opinión publicado en el diario 'Expansión' en enero del 2018 por Betancor -reproducido en su blog personal más tarde- que lleva como título 'Puigdemont, inelegible».

Según los letrados Betancor «era consciente que sin un cambio legislativo no se les podía declarar inelegible» y no habiéndose producido el cambio «insistió, promovió y consiguió» que se los excluyera en un acuerdo de la JEC «abiertamente prevaricador».

Sobre Carlos Vidal, se reproducen varios tuits como uno del 26 de junio del 2018 en que se mostraba contrariado con los jueces del tribunal de Schleswig-Holstein a raíz de la decisión de autorizar la libertad de Puigdemont. «Estos jueces alemanes siguen dando ejemplo de lo que creen en Europa, dinamitando el Espacio de seguridad, libertad y justicia», rezaba el tuit de Vidal.

Resolución «arbitraria y extravagante»

Los letrados de la coalición consideran «inaudito» y «peligroso» en términos democráticos que «aprovechándose de su infinito poder» en periodo electoral los querellados, «animados por el deseo de aniquilar a sus enemigos políticos» dictaran una resolución el 28-A «abiertamente arbitraria y extravagante» para vetar a los tres candidatos.

«La especial intensidad y gravedad de aquello acordado en la resolución del 28 de abril, en cuanto a la arbitrariedad y el apartamento total del marco normativo, recomiendan analizarla por su evidente relevancia penal», recoge el texto presentado, que remarca también que la decisión de la JEC de excluir a los candidatos se basa en una argumentación jurídica «absurda e irracional».

Omisión «deliberada» de información

El abogado se centra en los dos principales argumentos ofrecidos por los querellados para excluir Puigdedmont, Comín y Ponsatí: la exigencia de estar en el censo electoral para ejercer el derecho a sufragio pasivo y la inelegibilidad para encontrarse en situación de «rebeldía procesal».

Afirma que los dos miembros de la JEC han realizado una interpretación de la LOREG «alejada de su literalidad para sostener una decisión arbitraria, irracional y extravagante» y cita que, por ejemplo, la ley dice que la inscripción al censo «no es condición necesaria para ser candidato». En todo caso, sin embargo, el escrito de la coalición apunta que aunque fuera así los tres candidatos se encuentran «indiscutiblemente» inscritos en el censo electoral.

Además, se acusa a los miembros de la JEC de omitir información clave «deliberadamente» en los párrafos citados en su resolución, «haciendo creer» que la residencia en el estado español es un requisito, cuando según los abogados de Puigdemont eso sólo se aplica en el caso de residentes que no hayan adquirido la nacionalidad española.

Sobre la situación procesal, el escrito alega que la existencia de una declaración judicial «no tiene ni puede tener ninguna incidencia sobre la condición de electores ni mucho mentes una causa de inelegibilidad». Como prueba, cita el hecho de que Junqueras, Turull, Romeva, Rull y Sànchez hayan podido concurrir el 28-A y que el líder de ERC también lo hace a las europeas encabezando la coalición Ara Repúbliques.

Aval de las autoridades en elecciones anteriores

Por otra parte, los abogados argumentan que la actuación de la propia Administración electoral avala el hecho de que Puigdemont, Comín y Ponsatí puedan ser candidatos. Como ejemplo, menciona el hecho de que los tres fueron ya candidatos en las elecciones al Parlament de Catalunya del 21-D del 2017, que en los comicios españoles del 28-A Josep Maria Matamala y Lluís Puig también pudieron concurrir y que incluso en las municipales del 26-M que se celebrarán dentro de pocos días a la misma Clara Ponsatí ha sido proclamada candidata a Barcelona.

Por todo ello, encuentran «absolutamente discriminatorio y arbitrario» que se intentara excluir los números uno, dos y tres de la lista de Lliures per Europa (Junts) y se querellan por un delito de prevaricación contra Andrés Betancor y Carlos Vidal, que se considera eran «perfectamente conocedores que dictaban una resolución no adecuada a derecho».

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