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Absuelven a Sandro Rosell y los otros cinco acusados de blanqueo de comisiones de partidos de fútbol brasileño

El expresidente del Barça estuvo casi dos años en prisión preventiva pero la sala entiende ahora que no se pueden acreditar las acusaciones

El expresidente del Barça, Sandro Rosell, en el banquillo de los acusados en el juicio or blanqueo de capitales y organización criminal.

El expresidente del Barça, Sandro Rosell, en el banquillo de los acusados en el juicio or blanqueo de capitales y organización criminal.ACN

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La Audiencia Nacional ha absuelto al expresidente del F.C. Barcelona Sandro Rosell y los otros cinco acusados de blanquear comisiones por los derechos audiovisuales de 24 partidos de la selección brasileña de fútbol y un contrato de esponsorización con Nike. Aunque Rosell se pasó casi dos años en régimen de prisión preventiva, la Sala entiende ahora después de valorar las pruebas del juicio que no se han podido acreditar las acusaciones y que, por lo tanto, ante las dudas hay que emitir una resolución en favor del acusado, para a quien la Fiscalía pedía durante el juicio hasta 11 años de prisión.

Al final del juicio la Fiscalía ya había rebajado esta pretensión hasta seis años de prisión por blanqueo de capitales y pertenencia a grupo criminal, cinco años para el gestor andorrano Joan Besolí, y penas de entre 1 año y 11 meses y 1 año y 6 meses para la mujer del expresidente, Marta Pineda, y otros tres acusados, Pedro André Ramos, Josep Colomer y Shahe Ohannessian.

En su sentencia, la Sección Primera de la Sala de lo Penal explicar que después de contrastar valorativament las pruebas que le ha pedido la defensa y la acusación «sólo ha sido posible llegar hasta donde se ha llegado», y por lo tanto hay que emitir una resolución absolutoria en favor del acusado.

La Audiencia considera razonable que la UDEF y la UCO abrieran una investigación sobre los hechos, asociándolos a un delito de blanqueo de capitales. Ahora bien, constata que teniendo en cuenta la prueba aportada por la defensa de los acusados, quedan «al menos dudas», tanto con respecto a la ilegalidad de las comisiones, como con respecto a las sospechas apuntadas sobre las diferentes sociedades.

Estas dudas, dice el tribunal, «tienen que ser resueltos a favor de la absolución», ya que aquello que la acusación considera que son comisiones ilegales, «no se puede descartar que sean retribuciones por actividades de negocio que no merecen reproche penal». En la misma línea, añade que las sociedades que la fiscalía tilda de instrumentales, utilizadas para ocultar dinero, «no se puede descartar que tengan una actividad real».

Así, la Audiencia sostiene que a partir de la información policial aportada por la UDEF y la UCO, era «razonable» mantener que los fondos que llegaron a la cuenta de la sociedad UPTREND acabaron siendo transferidos directa o indirectamente a cuentas de Ricardo Terra Teixeira, expresidente de la Confederación Brasileña de Fútbol, articulándose así un delito de blanqueo. Ahora bien, tampoco se puede descartar, continúa el tribunal, que UPTREND tuviera una «actividad real», que esta circulación de dinero «respondiera a operaciones reales» y que el contrato de intermediación fuera una realidad.

También subraya que el informe final en que se basa buena parte de la acusación tiene fundamento a partir de la información que se tenía en aquel momento, pero el tribunal empezó a tener dudas después de sentir la comparecencia del inspector que se encargó del trabajo. Pone como ejemplo el hecho de que el informe incluyera informaciones periodísticas como prueba.

Asimismo, remarca que el ministerio fiscal «incurre en una confusión» a la hora de relacionar cantidades que provienen de contratos diferentes.

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