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El gobierno español aprueba el reglamento de adopción internacional

Establece las pautas de coordinación entre administraciones para gestionar estos procesos

El ejecutivo español espera que el nuevo sistema disminuya los tiempos de tramitación de los expedientes de adopción.

manos, niño, padre, madrePixabay

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El gobierno español ha aprobado este viernes el reglamento de adopción internacional, que otorga a la Dirección General de Servicios para las Familias y la Infancia del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social la gestión de las adopciones con cada país de origen de los menores. Esta Dirección General contará con la colaboración del Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación y tendrá que hacer una consulta previa al Consejo Territorial de Servicios Sociales, donde están representadas las Comunidades Autónomas (CA). Además, después de haber consultado las CA la Dirección General de Familia establecerá el número de expedientes nuevos que se podrán tramitar con cada país. El ejecutivo español espera que el nuevo sistema disminuya los tiempos de tramitación de los expedientes de adopción.

El reglamento también establece que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social acreditará las entidades colaboradoras de adopción internacional, que previamente contarán con un informe de las CA. Una vez acreditadas, estas entidades tendrán que remitir información periódica de la actividad que lleven a cabo.

Otra novedad es que los organismos acreditados podrán actuar por todo el territorio estatal. El modelo de contrato también será único, así como los costes de los trámites. El ejecutivo de Pedro Sánchez afirma que así se cumplen los principios de igualdad y de seguridad jurídica.

El control de funcionamiento de estos organismos, se indica desde el Ministerio, será «compartido» por las CA y la administración estatal. Las primeras controlarán las actividades que se hagan en su territorio y la segunda hará lo mismo con las actividades fuera de España.

Finalmente, se pondrá en marcha un registro de organismos acreditados y de reclamaciones e incidencias. La parte de los organismos acreditados será pública.

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