Diari Més

Reguant y Baños reciben la multa del Supremo por no testificar y dicen que harán objeción de conciencia «hasta el final»

La exconcejala de la CUP dice que el tribunal «vira todavía más a la derecha al normalizar un partido fascista, machista y xenófobo»

El exdiputado de la CUP Antonio Baños en el Tribunal Supremo.

El tribunal ordena investigar Baños y Reguant para negarse a contestar las preguntas de Vox en el SupremoEFE

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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha notificado este martes presencialmente a la exdiputada y concejala de la CUP Eulàlia Reguant y al exdiputado Antonio Baños la sanción gubernativa que les ha impuesto el Tribunal Supremo por negarse a responder a las preguntas de Vox durante el juicio por el 1-O. Los dos se enfrentan a una multa de 2.500 euros, que tienen cinco días para recorrer, pero ya han advertido que «ratifican» la «decisión colectiva» que tomaron y que mantendrán «la objeción de conciencia hasta el final y las últimas consecuencias». Según Reguant, con esta sanción, el tribunal «vira todavía más a la derecha» y «normaliza Vox, un partido de ultraderecha, fascista, machista y xenófobo».

En declaraciones a los medios después de recoger la notificación, Reguant ha explicado que conocieron la sanción a través de la prensa y que ahora tienen cinco días para recorrerla, no para recapacitar e ir a declarar. No obstante, ha dicho que ratifican la decisión colectiva porque no quieren «normalizar» ni «avalar» Vox como, según ellos, lo hace el Supremo. Así, ha dicho que mantendrán la posición «las veces que haga falta» porque su «ética antifascista» está «por encima de lo que diga el Supremo» y, por lo tanto, seguirán con «la objeción de conciencia hasta el final y las últimas consecuencias». «La objeción de conciencia se tiene que permitir», ha dicho.

En todo caso, ha dicho que estudiarán la situación paso a paso para decidir si recorren la multa o se niegan a pagarla. De hecho, fuentes próximas a la CUP han explicado que donativos personales ya han cubierto el posible importe de la sanción.

La sanción gubernativa que ha impuesto el Supremo se basa en el artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece una multa de 200 a 5.000 euros para el testigo que «se resista a declarar lo que sepa sobre los hechos por los que sea preguntado». Si a pesar de la multa, persiste en su negativa, se puede deducir testigo contra él y abrir una pieza separada en el juzgado de guardia por los delitos de obstrucción a la justicia y desobediencia grave a la autoridad.

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