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Condenan a una clínica por no tratar a tiempo una gripe que acabó con la muerte de una embarazada

La mujer acudió ocho veces a las urgencias o consultas de la clínica

De forma repetida, los médicos la enviaron de vuelta a casa.

Condenan a una clínica por no tratar a tiempo una gripe que acabó con la muerte de una embarazadaPixabay

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ElJuzgado de Instrucción número 14deLas Palmas de Gran Canariaha condenado a unaclínica privadade la ciudad, Santa Catalina, a indemnizar con332.533 eurosa la familia de una mujer embarazada que murió por complicaciones derivadas de unagripe Aque no se le trató a tiempo.

La sentencia considera probado que la fallecida, beneficiaria del seguro de laMutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), acudióocho veces a las urgenciaso consultas de la clínica entre el 21 y el 29 de marzo de 2016 con síntomas propios de una gripe, que poco a poco se fueron agravando.

De forma repetida, los médicos la enviaron de vuelta a su casa, sin tomar ninguna medida para prevenir que esa gripe derivara en una complicación respiratoria más grave, como luego ocurrió.

El 29 de marzo, cuando además de fiebre, malestar general y debilidad ya presentaba vómitos y dificultad respiratoria, le hicieron una radiografía que reveló que padecía una bronconeumonía.

Al día siguiente, se la ingresó en cuidados intensivos y el 31 de marzo le hicieron una cesárea urgente -que salvó la vida a su hija- y comenzaron a administrarle el antiviral Tamiflú.

Sin embargo, su situación siguió complicándose y los médicos que la trataban cometieron un error en la colocación de un drenaje que acabó por empeorar su situación y la paciente murió el 14 de abril.

La defensa de la familia acusaba a la clínica Santa Catalina de haber vulnerado todos los protocolos médicos sobre cómo tratar una gripe A en los pacientes considerados como grupos de riesgo, a la cabeza de los cuales aparecen en todos los listados, subraya, las embarazadas (la fallecida estaba en el mes 31 de gestación).

Y la sentencia les da parcialmente la razón. El juez estima que el tiempo que se tardó en administrarle un antiviral indicado contra la gripe A privó a la mujer de la oportunidad de curarse.

El magistrado considera que no puede hablarse con un 100% de certeza que la muerte fuera ocasionada «de forma directa» por el trato que recibió a la clínica, pero también entiende que la posibilidad de que la mujer se hubiera cuidado de haber recibido el Tamiflú a tiempo era «media-alta».

Por eso, concede a la familia una indemnización equivalente al 75% de lo que les hubiera correspondido probarse una relación causal directa entre su muerte y la asistencia médica.

La sentencia ha sido apelada delante de la Audiencia de Las Palmas por la clínica y también por la familia de la fallecida, ya que su letrado, Octavio Luis Henríquez, sostiene que el juez se contradice en su resolución y que el ocurrido a su cliente no fue una pérdida de oportunidad, sino una mala praxis médica.

Este letrado alega que, a lo largo de su sentencia, el juez relata una secuencia de hechos que se corresponden con su tesis, pero después les cataloga de pérdida de oportunidad. Por eso ha acudido a la Audiencia para que se revise su criterio.

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