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Oriol Pujol ingresa en la prisión después de la condena por el caso de las ITV

Lo ha hecho voluntariamente a las 16 horas en Brians 2

Imagen de Oriol Pujol en el juzgado de Barcelona al 2016.

La jueza envía a Oriol Pujol a un juicio con jurado popular por la trama de las ITVACN

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Oriol Pujol ha ingresado voluntariamente este jueves a las 16 horas en la prisión de Brians 2, según han explicado fuentes de la Secretaría de Medidas Penales del Departament de Justícia. La Audiencia de Barcelona lo condenó a una pena de dos años y medio de prisión por el caso de las ITV. El exsecretario general de CDC pidió sustituir el internamiento por trabajos en beneficio de la comunidad, pero la Audiencia lo rechazó el 9 de enero pasado y le dio diez días para ingresar en la prisión. Oriol Pujol no ha presentado recurso contra esta decisión y tampoco ha agotado el plazo.

En el caso de ingreso voluntario, el preso accede a pie con la orden del juez y su documentación. Se lo conduce al módulo de ingresos, donde los funcionarios de vigilancia penitenciaria le toman las huellas, le hacen una foto y le practican un cacheo integral en una sala destinada a este uso. También le retiran las pertenencias que está prohibido tener en la prisión, como el móvil o dinero, que quedan en depósito. El preso recibe un recibo o comprobante.

El interno pasa entonces a una de las celdas del módulo de ingresos, donde lo visitará primero el médico y después diferentes profesionales del equipo de tratamiento para conocer su situación, establecer sus necesidades y decidir el módulo adecuado. En la el reparto del módulo interviene el hecho de tratarse de un primer ingreso. Este proceso puede alargarse cinco días, a pesar de que normalmente se resuelve en un par, han explicado las mismas fuentes.

Primero, segundo o tercer grado

El Reglamento Penitenciario establece que los presos tienen un plazo máximo de dos meses para hacer una propuesta de clasificación entre primero, segundo o tercer grado. La junta de tratamiento del centro eleva la propuesta de clasificación a la dirección general, que es quien toma la decisión definitiva. El interno puede interponer recurso ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria contra la decisión que se tome.

Se puede dar una clasificación inicial en tercer grado incluso en condenas graves, superiores a cinco años. Esta posibilidad tiene dos excepciones. Por un lado hay determinados delitos como los abusos a menores, el terrorismo y la banda organizada. Por otro lado, quedan fuera aquellos casos en que el juez haya establecido en la sentencia que se cumpla el llamado 'periodo de seguridad', es decir, que el acceso al tercer grado solo se pueda dar a partir del cumplimiento de la mitad de la condena.

En el supuesto de clasificación inicial en tercer grado, influye de manera especial la satisfacción de responsabilidad civil, si hay, en casos delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico graves o con muchos perjudicados, delitos contra la hacienda pública y contra la seguridad social y los delitos contra la administración pública, entre otros.

Si la clasificación es en segundo grado, el preso puede obtener permisos a partir del cumplimiento del cuarto de la condena, a pesar de que esto no es automático. Tiene que ver con cómo evoluciona el interno en su tratamiento, su conducta en la prisión y otros criterios, como si tiene apoyo familiar, trabajo y domicilio.

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