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Condenan a un abogado por quedarse parte de la indemnización de la suya representada

La jueza considera al letrado culpable de un delito continuado de apropiación indebida y le obliga también a indemnizar a la demandante

Imagen de la fachada exterior del Juzgado de lo Penal de Lleida.

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La jueza del penal dos de Lleida ha condenado un abogado leridano a tres años de prisión por un delito continuado de apropiación indebida. Considera probado que el letrado, P. R. F., de 59 años, se quedó parte de la indemnización que tenía que recibir una representada suya, que había ganado en 2010 el juicio contra dos empresas a quienes reclamaba 44.260 euros. La demandante, sin embargo, sólo llegó a recibir un primer pago de 18.772,50 euros. El resto de la indemnización, que se tenía que hacer efectiva en otros tres pagos, no le llegó nunca. El juzgado ha considerado probado que los otros tres pagos los cobró el abogado de la demandante, ahora acusado, aunque él lo negó.

La sentencia emitida el 3 de agosto de este 2017 por el penal 2 de Lleida también inhabilita al acusado para el ejercicio de la profesión de letrado durante el tiempo de la condena y lo obliga a indemnizar a la demandante con 19.859,41 euros, correspondientes a la cantidad que el juzgado considera demostrado que el acusado se quedó de la indemnización que correspondía a su cliente. La pena impuesta es la que pedía la fiscalía y el acusado podrá recurrir la sentencia a la Audiencia de Lleida.

El juzgado de lo penal 2 de Lérida acogió el juicio al abogado el 27 de julio de este 2017. En su sentencia, considera como hechos probados que el acusado fue contratado por una empresa de Soses, propiedad de la demandante, como abogado para reclamar a dos empresas 44.260 euros. La demanda se interpuso el 5 de mayo de 2008 para reclamar unos daños en el inmueble de una finca propiedad de una sociedad de la familia de la denunciante. El 11 de febrero de 2010, el juzgado de primera instancia 4 de Lleida condenó a las dos empresas a pagar a la demandante 36.545 euros.

La demandante cobró 18.772,50 euros correspondientes al primer pago. Su abogado, ahora acusado, le informó de que los acusados habían interpuesto un recurso y que había que esperar a que se resolviera este recurso para cobrar el resto. En el año 2015, la demandante, cansada de esperar, contactó con un procurador y este le facilitó la copia de los documentos en que el juzgado establecía cuatro órdenes de pago por valor total de 38.131,91 euros, que el procurador había entregado al ahora acusado porque así le había autorizado la demandante.

El abogado tenía que ir entregando estos pagos a la demandante pero sólo le hizo llegar el primero, de 18.772,50 euros, el 29 de marzo de 2010 y se quedó los otros tres de 17.671,50 euros (18 de marzo de 2010), 1.586,91 (28 de septiembre de 2010) y 601 (22 de marzo de 2010). El acusado fue el abogado de la denunciante y de sus padres desde 1989.

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