Diari Més

Aprobado el despido de un maquinista de AVE que triplicaba la tasa de alcohol

El conductor de tren, que dio 0,32 mg/l de aire aspirado en un control en Figueres, había dado positivo en drogas 4 años atrás

Uno de los primeros convoyes de Alta Velocidad que hicieron la ruta Figueres/Vilafant-Madrid.

Aprobado el despido de un maquinista de AVE que triplicaba la tasa de alcoholACN

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El Tribunal Supremo ha confirmado que el despido de un maquinista de un tren de alta velocidad pillado en Figueres triplicando la tasa de alcohol es procedente. La sala de lo social del alto tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por el conductor del tren y ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). Según recoge la sentencia, hasta que lo despidieron en mayo del 2014, el maquinista hacía 22 años que trabajaba para Renfe, en los últimos tiempos como jefe de tren. El día 25 de marzo del 2013 llevó el tren AV 3253 entre Barcelona y Figueres. Una vez en el destino, le hicieron un control de alcoholemia y drogas y dio positivo en alcohol.

Concretamente, dio una tasa de 0,32 mg/l de aire aspirado, cuando el máximo permitido en transporte ferroviario era de 0,1. Por este motivo, lo relevaron en el trayecto de vuelta y tuvieron que reubicar a los pasajeros en otro tren. No era la primera vez. El año 2009 lo suspendieron de empleo y sueldo durante 45 días para dar positivo en un control de drogas.

La sala de lo social del Tribunal Supremo (TS) no ha admitido el recurso de casación interpuesto por el maquinista y ha declarado firme la decisión del TSJC, que declaró procedente el despido por llevar un tren de alta velocidad triplicando la tasa de alcohol permitida.

El maquinista trabajaba para Renfe desde julio de 1982. Durante la última época, como jefe de tren. El 22 de mayo del 2014, lo despidieron por causas disciplinarias después de que diera positivo en un control de alcoholemia que le hicieron a las 8.15 de la mañana en Figueres, estación donde había llegado en un tren que había salido desde Barcelona. La sentencia detalla que el comportamiento del maquinista es especialmente reprochable, sobre todo teniendo en cuenta que su cargo consiste en el transporte colectivo de viajeros en alta velocidad.

Inicialmente, el juzgado de lo social número 21 de Barcelona había dado la razón al maquinista y había declarado improcedente el despido. Según el Supremo, fue partiendo de un dato erróneo: que el trabajador no había llegado a realizar ningún trabajo antes de que lo pillaran en el control de alcoholemia.

El TSJC ya revocó la sentencia de primera instancia concluyendo que el despido era procedente después de que se acreditara que, en realidad, sí que había hecho el trayecto de ida. Otro dato que tuvo en cuenta el tribunal fue la reincidencia del trabajador alegada por la empresa en su carta de despido, recordando la imposición de la sanción por una falta «muy grave», para dar positivo en el control de drogas. Ahora, el Supremo en un auto del cual ha sido poniente la magistrada María Milagros Calvo, pone punto final al episodio declarando firme la decisión del TSJC.

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