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Absuelven al acusado de obligar a una mujer con una minusvalía psíquica a prostituirse

Se enfrentaba a una pena de 13 años de prisión y a una multa de 4.800 euros por un delito de tráfico de personas

L'Audiència de Girona recull que la dona, que actualment té 25 anys i és originària de Romania, pateix un «retard mental lleu» amb un grau de deficiència del 46%.

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La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado de obligar a una mujer con una minusvalía psíquica a prostituirse en la carretera Nacional II en la Jonquera, Alt Empordà, entre enero y febrero del 2013. El procesado se enfrentaba a una pena de 13 años de prisión y a pagar una multa de 4.800 euros por un delito de tráfico de personas con finalidades de explotación sexual y otro de promoción de la prostitución de una persona incapaz. La sentencia de la sección tercera concluye que no ha quedado probado que el acusado «sedujera» a la mujer haciéndole creer que serían pareja y, después, la forzara a trabajar para él retirándole la documentación, sometiéndola a vigilancia permanente, amenazándola y agrediéndola. El tribunal detalla que la mujer tiene un «retraso mental leve» que «no era perceptible a simple vista» y que, además, no le ha impedido seguir ejerciendo la prostitución en la actualidad.

El caso de que la Audiencia de Girona acaba de sentenciar llegó a juicio a principios de febrero en la sección tercera. La fiscal pedía una pena de 13 años de prisión y una multa de 4.800 euros para el acusado mientras que su abogado, Carles Monguilod, pedía la absolución.

La sentencia recoje que el acusado y la mujer se conocieron en el prostíbulo Grande Madam's de Capmany, donde ella ejercía la prostitución y donde el hombre contrató sus servicios sexuales. «Después de conocer al procesado, se enamoró de él y, por razones que no han quedado debidamente acreditadas, abandonó el club para trasladarse a ejercer la prostitución en la carretera N-II, concretamente en la rotonda situada delante del club Paradise de la Jonquera,» expone el tribunal. Como había abandonado el Gran Madam's, la denunciante empezó a vivir en un piso de la misma población donde trabajaba, compartiéndolo con otras mujeres que también ejercían la prostitución. La sentencia resalta que no se ha probado que el acusado también viviera en el mismo inmueble.

El tribunal expone que no ha quedado acreditado durante el juicio lo que sostenía a la denunciante: que al acusado la «sedujo» con la falsa promesa de empezar una relación sentimental para, después, obligarla a trabajar para él ejerciendo la prostitución. Tampoco se ha probado, continúa la sentencia, que la sometiera «a vigilancia permanente impidiéndole moverse con libertad, propiciándole un trato vejatorio y llegando a agredirla si no había obtenido las ganancias suficientes».

Otra circunstancia que descarta la sentencia es que el procesado retirara la documentación a la denunciante para forzarla a prostituirse ni que lo obligara a entregarle el dinero que ganaba. Dos o tres semanas después de ejercer a pie de carretera, la mujer pidió sitio al Paradise donde «empezó a trabajar trasladándose allí libremente y donde permaneció ejerciendo la prostitución hasta el día que la localizó a la policía». Según la sentencia, esta libertad de movimientos y de decisión del lugar donde quería trabajar añaden más dudas a que el acusado la forzara a hacerlo.

La Audiencia de Girona recoge que la mujer, que actualmente tiene 25 años y es originaria de Rumania, sufre un «retraso mental leve» con un grado de deficiencia del 46%. Además, tiene una personalidad menos madura de lo que le tocaría para su edad y tiene poca capacidad de razonamiento, sobre todo en el terreno afectivo porque es «fácilmente manipulable». Esta minusvalía psíquica, detalla la sentencia, «no es perceptible a simple vista», por eso no ha tenido ningún problema para trabajar tanto en el Gran Madam's como en el Paradise. «Aunque fue declarada parcialmente incapaz a través de sentencia, en la actualidad sigue ejerciendo la prostitución», argumenta el tribunal.

Según la sentencia, la única prueba de las acusaciones contra el procesado era la palabra de la denunciante y «no puede descartarse un móvil de resentimiento porque se sintió despachada después de haberse enamorado del acusado pensando que sería su chico».

Es más, a pesar de tener un carácter «infantil y manipulable», la sala detalla que «no resulta lógico ni razonable» que en un solo día abandonara el Gran Madam's siguiendo a un cliente porque le dijera que quería ser su pareja. «Hacía muchos años que se dedicaba a la prostitución y tenía interés en ganar mucho dinero para operarse el pecho, difícilmente habría abandonado el club sin haberse asegurado el seguir ganando dinero si se trasladaba a ejercer la prostitución a otro lugar», concluye la sentencia.

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