Diari Més

La investigación sobre el aval en Shirota llega a juicio en el Tribunal de Cuentas

El órgano fiscalizador fija el acto para los días 20 y 21 de octubre, 15 meses después de la audiencia previa

Una imagen de archivo de las instalaciones que acogían Shirota Functional Foods.

La investigación sobre el aval en Shirota llega a juicio en el Tribunal de CuentasACN

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El Tribunal de Cuentas celebrará los días 20 y 21 de octubre, jueves y viernes de esta semana, el juicio que culmina la investigación iniciada por el aval que la antigua Innova concedió a la empresa de investigación|búsqueda publicoprivada Shirota Functional Foods. El órgano ya acogió, en julio del año pasado, la audiencia previa a este juicio contable, en una vista que sirvió para establecer los posicionamientos de las diferentes partes y proponer pruebas, la mayor parte de las cuales fueron a su momento desestimadas. El señalamiento del juicio, con todo, no había podido producirse hasta ahora –el Tribunal de Cuentas fijaba la fecha y la hora a principios de octubre–, a la espera de que los implicados presentaran documentación reclamada y que era considerada necesaria para la evolución del procedimiento contable, que transcurre en paralelo al que está teniendo lugar en el juzgado de instrucción número 3 de Reus en el marco de la macrocausa sobre Innova. La espera a la evolución de la instrucción penal podría haber tenido que ver también con esta demora.

La CUP denunció delante el Tribunal de Cuentas, el año 2012, el aval para 3 millones de euros que el holding de empresas municipales Innova concedió a la empresa alimenticia de capital mixto Shirota Functional Foods, sin tener la mayoría del accionariado. La causa que ahora llega a juicio se dirige contra siete excargos del tripartito reusense: el exalcalde Lluís Miquel Pérez, Josep Morató, Eduard Ortiz y Álex Martínez (PSC), Jordi Bergadà i Empar Pont (ERC) y el ecosocialista Daniel Pi (ICV), todos ellos miembros del consejo de administración del holding Innova que, en marzo del 2007, votaron a favor de la participación de este en la nueva entidad publicoprivada Shirota. Una decisión, esta, que fue ratificada por el plenario municipal. En este sentido, y después de que el Ayuntamiento de Reus se personara, la CUP optó para retirarse de la denuncia en una determinación justificada por motivos económicos y en sentirse representantes por el mismo criterio del Ayuntamiento y la Fiscalía: que los siete excargos del gobierno al punto de mira tienen que volver el dinero.

En el 2014, el Tribunal de Cuentas ya citó a los implicados para informarlos de la cifra a que tendrían que hacer frente si se determina la existencia de responsabilidad contable en el aval, pidiéndoles el afiançament de la cantidad del aval. En casos como este, la póliza de responsabilidad civil que tiene el Ayuntamiento de Reus para «cubrir» la actuación de los concejales como cargos electos afiança la cantidad provisionalmente. En caso de que el Tribunal de Cuentas acabe determinando la existencia de una mala gestión, en principio, los afectados tendrían que responder a aquello que se les requiera a partir de su patrimonio propio.

Sentencias sobre el holding

El Tribunal de Cuentas emitía, el pasado mes de julio de este 2016, las primeras sentencias relacionadas con Innova. Dos de ellas condenaban al exdirector general del holding, Josep Prat, el gerente de Reus Transport, Josep Maria Adserà, y el exapoderado de Epel Innova, Josep Iglesias, por|para los incrementos salariales aplicados a las plantillas de ambas empresas entre los años 2009 y 2011. Con respecto al procedimiento sobre la empresa Reus Transport, se requería a Prat y Adserà el reintegro de los daños causados al Ayuntamiento; mientras que en el caso de Epel Innova, Prat e Iglesias fueron condenados a hacer frente a cantidades que hacían ascender la total hasta cerca de los 100.000 euros. José Augusto García Navarro y Xavier Sarrà quedaron absueltos. Otra resolución, también porincrementos salariales pero en este caso en Rellsa, Prat resultó igualmente condenado, pero Iglesias y García Navarro absueltos.

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