Diari Més

Sànchez y Forn podrán grabar mensajes electorales y conceder entrevistas desde la prisión

La Junta Electoral Central no permite que salgan de los centros penitenciarios para hacer actos electorales, tal y como había pedido JxCat

Imagen de archivo de Jordi Sànchez.

Sànchez y Forn podrán grabar mensajes electorales desde la prisión y conceder entrevistasACN

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La Junta Electoral Central (JEC) ha autorizado a Jordi Sànchez y Joaquim Forn a grabar mensajes electorales desde la prisión. También los permite conceder entrevistas concertadas con medios públicos y privados desde la prisión durante la campaña. Ahora bien, no permite que puedan salir de la prisión para hacer actos de campaña, que era la petición principal que había hecho su candidatura, Junts per Catalunya el pasado viernes en la Junta Electoral Central. En cambio, subsidiariamente, sí autoriza que puedan grabar mensajes con el fin de poder emitirlos en mítines y actos de campaña. JEC argumenta que no puede permitir que salgan de la prisión para hacer campaña porque eso comportaría traslados desde los centros penitenciarios y que no tienen medios propios para hacerlos. Además, argumenta que con estas medidas de grabar mensajes y conceder entrevistas queda acreditado el derecho de todos los candidatos a participar en el 21-D con igualdad de condiciones.

JEC también añade que las actuaciones quedarán sujetas a las medidas de «petición, control y supervisión» de los directores de las prisiones de Estremera –donde se encuentra Forn, número 7 de la candidatura- y de Soto del Real, donde está interno Jordi Sànchez (número 2 después de Puigdemont).

Los argumentos de JxCat

JxCat argumentaba que tienen derecho a participar en actos electorales para pedir el voto a favor de la candidatura de la cual forman parte en «igualdad de oportunidades con respecto al resto de candidatos», así como también a participar en igualdad de oportunidades a los medios de comunicación públicos y privados, en los debates y entrevistas durante la campaña electoral.

El escrito presentado ante la Junta Electoral Central se ampara en el artículo 23 de la Constitución que dice que los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente escogidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Asimismo, este artículo también hace referencia al derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalan las leyes.

JxCat también apelaba al artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que establece en sus apartados 1 y 2 que «toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos» y que «toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país».

No suspenden la comparecencia de Santamaría en el Senado

Por otra parte, la junta tumba una petición también de Junts per Catalunya que pedía que se suspendiera la comparecencia de la vicepresidenta del gobierno español, Soraya Sáenz de Santamaría, prevista el 18 de noviembre en el Senado para informar del funcionamiento de la aplicación del 155 en Cataluña.

JEC entiende que los procesos electorales «no interrumpen el funcionamiento normal de los órganos constitucionales», que pueden seguir haciendo sus funciones. En el caso concreto de la petición que afecta a la vicepresidenta, consideran que la comparecencia está dentro de «la autonomía parlamentaria del Senado» y recuerda que en el acuerdo del Consejo de Ministros para aplicar el 155 se estipula que el gobierno español está obligado a informar al Senado del estado de ejecución y aplicación de las medidas.

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