Diari Més

Particulares y webs que fomenten la anorexia y la bulimia serán perseguidos legalmente

La Generalitat está estudiando las vías jurídicas para poder hacerlo y se incluirían los 'hostings' como corresponsables

Las páginas web y los contenidos en las redes serán perseguidas legalmente en Cataluña

Particulares y webs que fomenten la anorexia y la bulimia serán perseguidos legalmente

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La directora de la Agencia Catalana de consumo (ACC), Montserrat Ribera, ha anunciado este jueves que el Gobierno está estudiando las vías legales para poder perseguir las webs, blogs, y redes sociales que hacen apología de la anorexia y la bulimia. De esta manera, la Generalitat atiende la petición de la Mesa de Diálogo para la Prevención de los Trastornos de la Conducta Alimenticia (TCA), recogida en las conclusiones de los trabajos 'Anorexia e Internet', que durante dos años han analizado el impacto de contenidos «no saludables» en la red sobre pacientes de anorexia y bulimia.

Ribera ha explicado que desde los Departamento de Empresa y Conocimiento, y de Salud, se está trabajando para dotar la administración «de herramientas legales» para poder actuar en esta materia. Según ha añadido, se trabaja para poder perseguir, por una parte, los particulares que difundan estos contenidos a internet y, de otra, contra los 'hostings', las empresas que alojan las webs, blogs y redes que hacen apología de los trastornos alimenticios con contenidos que incitan a la anorexia y la bulimia.

Desde el punto de vista legislativo la Generalitat trabaja en dos líneas de actuación complementarias para dar respuesta: por una parte, la Ley de Salud Pública, para actuar contra los particulares, y de otra, el Código del Consumo de Catalunya, para poder perseguir las empresas.

Con respecto a la Ley 18/2009 de Salud Pública, se está analizando la modificación del artículo 55, que prevé el establecimiento de sistemas de vigilancia, de redes de comunicación, y de análisis de datos que permitan detectar y conocer la proximidad o la presencia de situaciones que puedan repercutir negativamente en la salud individual o colectiva.

La otra línea de trabajo está analizando la modificación del Código del Consumo de Catalunya (Ley 22/2010), como la norma que defiende los derechos de los consumidores, entendiendo la seguridad y la salud como derechos básicos de las personas consumidoras. Con esta premisa, se incorporará al texto legal la definición del qué son los trastornos alimenticios a los efectos del Código de consumo, y la ley reconocerá una protección especial a las personas que sufren.

Asimismo, el Código de consumo introducirá la prohibición de llevar a cabo actividades relacionadas con la puesta en el mercado de bienes y servicios que fomenten o induzcan a los consumidores hábitos no saludables o trastornos de la conducta alimenticia, y hará responsables a las empresas intermediarias de la Sociedad de la Información –los hostings-, que acojan webs, chats, blogs...que hacen apología de la anorexia y la bulimia, siempre y cuando tengan conocimiento y no actúen para suprimirlos.

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